A partir del 01 de julio de 2012 se encuentra vigente la Resolución CREG 156 de 2011 a través de la cual se establece el Reglamento de Comercialización del servicio público de energía eléctrica. Además de las Condiciones Uniformes que encuentras en nuestro contrato de prestación del servicio debemos atender lo establecido en esta norma para realizar el proceso de cambio de comercializador.
guía de trámites y radicación de PQRs
Todos los usuarios tenemos el derecho de escoger libremente nuestro proveedor del servicio de energía eléctrica, te contamos como puedes ser atendido por VATIA S.A E.S.P o iniciar tu proceso de cambio.
El proceso de suministro del servicio eléctrico se origina con la generación de energía en centrales eléctricas aprovechando algunos recursos naturales como el agua, el viento, el sol y en otras ocasiones por medio de fuentes convencionales como los combustibles fósiles (carbón, gas, diesel, etc).
Esa energía generada, es llevada desde las centrales de generación hacia los centros de consumo por medio de un sistema de transporte interconectado compuesto de cables y grandes torres que se encuentran ubicadas a lo largo y ancho del país. Este sistema está dividido en el Sistema de Transmisión Nacional (STN) y el Sistema de Distribución Local (SDL).
Particularmente el SDL, que corresponde a la infraestructura necesaria para que la energía eléctrica llegue a los usuarios finales en unos niveles de tensión y calidad acordes al servicio, es responsabilidad del Operador de Red, quien además, debe velar por el buen estado de las redes, su mantenimiento y expansión. El encargado de la prestación del servicio al usuario final es tarea del Comercializador quien puede ser el correspondiente al operador de red o cualquier otro agente del mercado registrado como Comercializador.
VATIA S.A E.S.P como Comercializador, nos encargamos de comprar energía a los generadores para venderla al usuario o a otras empresas del sector energético, somos además quienes tenemos relación con el usuario final y a su vez responsables del proceso de facturación del servicio.
Periódicamente se interrogan los medidores y se toman las lecturas de los medidores para poder identificar los consumos.
Atendemos las 24 horas del día y todos los días del año toda clase de solicitudes que requieras.
Generamos y entregamos la factura con los consumos liquidados; allí, puedes encontrar otros cobros como el alumbrado público u otros servicios que hayas adquirido con VATIA S.A E.S.P.
Si tienes alguna falla en el suministro del servicio por un daño en la red, nosotros gestionaremos en conjunto con el Operador de Red, para que se restablezca el servicio, pero debes tener en cuenta, que si el daño es interno de forma inmediata nos trasladamos para solucionar tu problema.
Ofrece el suministro de energía en 25 departamentos del país representados en 22 mercados de comercialización atendiendo clientes de diversos sectores como:
De los últimos 12 meses en cada uno de los mercados donde VATIA S.A E.S.P presta el servicio de suministro de energía
Los Clientes Regulados contratan los servicios de VATIA S.A E.S.P a través de una solicitud de servicio y se rigen por el Contrato de Condiciones Uniformes – CCU -, cuya vigencia es a término indefinido, la mayoría de los clientes regulados son residenciales, comerciales y pequeña industria.
Los usuarios No Regulados contratan nuestros servicios, a través de convenios o acuerdos contractuales donde pactan sus condiciones según la negociación específica, en este tipo de clientes se encuentra la gran industria y todos aquellos que tienen un alto consumo, de acuerdo con la normatividad vigente, obedeciendo actualmente a una demanda superior a 55.000 KWh-mes o una potencia mayor a 100 KW.
Debes haber cumplido el periodo de permanencia mínima 12 meses o el fijado en las condiciones especiales con el Comercializador que te atiende actualmente.
Estar a paz y salvo con el Comercializador que te atiende actualmente por los consumos que hayan sido facturados por éste.
Debes garantizar ante el Comercializador que te atiende actualmente el pago de los consumos no facturados, entre la fecha de expedición del paz y salvo, y la fecha en que inicies a ser atendido por VATIA S.A E.S.P o por tu nuevo proveedor de energía.
Simultáneamente al cumplimiento de los anteriores requisitos, el cambio de comercializador implica para el nuevo comercializador el siguiente proceso:
Debes presentar la solicitud de cambio de agente con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha de vencimiento del período de facturación (en el caso de VATIA seria entre los primeros 5 días hábiles del mes). Dicha solicitud se puede presentar por cualquiera de los canales que se tienen habilitados en VATIA (según se muestran en la parte inferior de la página web y en las redes sociales Facebook y LinkedIn). En el evento en que la solicitud de terminación se presente con una anticipación menor, la interrupción se efectuará en el período siguiente, generando el cobro correspondiente por el servicio.
No requieres tiempo mínimo de permanencia para cambiar de agente representante de la frontera de excedentes de AGPE
Contactar al agente (Comercializador o Generador) que hayas elegido como nuevo representante de la frontera comercial de entrega de excedentes y lo habilitas expresamente para gestionar el cambio. Es de tener en cuenta que se puede elegir cualquier agente diferente al comercializador que le presta el servicio para su consumo.
En el aspecto de medición de los excedentes de energía, debes cumplir con los requisitos establecidos para las fronteras de generación en el Código de Medida (exceptuando el medidor de respaldo y la verificación inicial del sistema de medición).
El comercializador o generador que hayas elegido para que represente al AGPE deberá cumplir con lo establecido en la Resolución CREG 157 de 2011 y demás normas que la modifiquen o sustituyan para registrar su frontera de comercialización y/o su frontera de generación en las condiciones del artículo 4 de la mencionada resolución.
Según artículo 20 de la Resolución CREG 174 de 2021, los activos de generación que sean utilizados para atender un consumo propio podrán entregar energía únicamente en la frontera comercial asociada al autogenerador, que deberá corresponder al punto de conexión donde demanda energía.
Si del proceso de cambio de agente, queda un saldo a favor del usuario que este asociado a pago de excedentes de autogeneración, el saldo a favor lo deberá pagar el agente (VATIA o quien inicialmente representaba la frontera comercial de entrega de excedentes) al usuario
Avenida 6ta Norte No. 47N-32.
Cali – Valle del Cauca
Calle 106 50-67 Locales 28 y 29
Barranquilla
Cumplimiento CREG 080 del 2019